Introducción

La prestación de servicios educativos y relacionados apropiados a la población con discapacidades en las edades de 3-21 años, inclusive, es responsabilidad del Departamento de Educación de Puerto Rico (DEPR). Para desempeñar las funciones relacionadas con esta obligación, en armonía con la Ley 51-1996, según enmendada, conocida como Ley de Servicios Educativos Integrales para personas con Impedimentos y la Ley Pública 108-446, “Individuals with Disabilities Education Improvement Act” del 3 de diciembre de 2004, según enmendada (IDEIA, por sus siglas en inglés), el DEPR ha establecido una Secretaría Asociada de Educación Especial (SAEE), adscrita a la Oficina del Secretario de Educación. Esta Secretaría es denominada en la Ley 51-1996 como la Secretaría Auxiliar de Servicios Educativos Integrales para Personas con Impedimentos. En virtud de la autonomía administrativa, fiscal y docente que le concede la Ley 51-1996, la SAEE ha desarrollado una estructura administrativa con componentes operacionales en los diferentes niveles del Sistema.

En el nivel central, la SAEE es responsable de establecer interpretar la legislación federal y estatal disponible para desarrollar la política pública que se requiera que permitan la prestación de servicios de educación especial. Para ello, solicita y utiliza los fondos estatales y federales asignados a estos fines. Además, investiga y promueve las mejores prácticas en la enseñanza a la población con discapacidades, enmarcándolas en las tendencias innovadoras e inclusivas en la educación del niño o joven, y realiza estudios de necesidades para el desarrollo profesional continuo de todo el personal.


La SAEE está compuesta por las siguientes Unidades:

  • Administración y transportación
  • Asistencia técnica y apoyo docente
  • Servicio al estudiante, los padres y la comunidad
  • Monitoria, cumplimiento y análisis relacionados
  • Recursos Humados
  • División legal de la SAEE


En armonía con los propósitos de descentralización del DEPR, la SAEE ha establecido Centros de Servicios de Educación Especial (CSEE) en las Oficinas Regionales Educativas (ORE). Estos centros están ubicados en los pueblos de Arecibo, Bayamón, Caguas, Humacao, Ponce, Mayagüez y San Juan, y centros satélites ubicados en Aguada, Fajardo, Morovis y San Germán. La SAEE se reserva la prerrogativa de añadir, reducir o modificar centros de acuerdo con las necesidades identificadas en las diferentes ORE.

 

Estos Centros de Servicios tienen el propósito de:

 

  • Agilizar y mejorar los servicios de educación especial, promoviendo una comunicación directa entre la escuela, la ORE, el CSEE y la SAEE.
  • Establecer el uso de la tecnología con una base de información actualizada y accesible de cada estudiante.
  • Dar seguimiento al cumplimiento con la provisión de los servicios recomendados a la población escolar elegible para servicios de educación especial.


Los CSEE están constituidos, entre otras, por las siguientes Unidades:

 

  • Orientación y Registro Continuo (UORC)
  • Coordinación de Servicios (“Call Center”)
  • Asistencia Tecnológica (AT)
  • Servicios al Estudiante, los Padres y la Comunidad
  • Determinación de Elegibilidad
  • Evaluación y Terapia
  • Área Programática y Docencia
  • Unidad de Querellas
  • Finanzas
  • Sistemas y Análisis de Datos
  • Servicios Generales

 

El componente de educación especial en las Oficina Regionales Educativas (ORE) continúa dando énfasis al área de la docencia, en especial a la asistencia a los maestros, coordinación de adiestramientos, preparación del Programa Educativo Individualizado (PEI) y Planes de Servicios y la ubicación de los estudiantes que sean elegibles a los servicios de educación especial. Además, se da especial atención a los estudiantes en ubicaciones no públicas tales como: infantes en hogar, centros de cuido, centros Head Start, escuelas privadas, homeschooling e instituciones correccionales. De igual manera, algunos CSEE tienen disponibles oficinas satélites ubicadas en escuelas que se encargan de ofrecer servicio directo a la población de educación especial correspondiente a esos municipios.

La implementación de la legislación estatal y federal vigente relacionada con la provisión de servicios a la población escolar con discapacidades tiene como resultado, elaborar y establecer procedimientos operacionales. Este Manual de Procedimientos de Educación Especial contiene las políticas públicas que han de servir de guía a los funcionarios del DEPR, a los proveedores de servicios, a los padres y a todo funcionario público y privado que impacte o trabaje con los servicios del programa de educación especial. La SAEE se reserva la prerrogativa de aclarar, ampliar o modificar dicha política pública cuando así se entienda necesario. Esto con el propósito de garantizar el cumplimiento de la legislación federal y estatal vigentes mediante enmiendas a este Manual o mediante memorandos dirigidos a dicho fin.